VENTA Y CONSUMO DE PEGANTES Y SIMILARES A MENORES

VENTA Y CONSUMO DE PEGANTES Y SIMILARES A MENORES

 

En uso a sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por los artículos 70, 71, 72 313 de la Constitución Nacional y la Ley 136 de 1994, Se conformará un grupo interdisciplinario entre las Secretarías de Gobierno, Cultura Ciudadana, Salud y de Bienestar Social, con el acompañamiento de la Gerencia del Centro, Personería de Medellín, con invitación al Instituto de Bienestar Familiar

y de la Policía Nacional, que buscara concienciar a los establecimientos que expenden estos pegantes, respecto de su responsabilidad social con la ciudad, con el fin de realizar un Pacto Ciudadano para lograr que nunca se les vuelva a vender estas sustancias a los menores de edad o habitantes de la calle.

Se entenderá por pegantes y similares los que contengan en su formulación

tolueno, ciclohexano, isobutano o solvente de cualquier tipo, y demás sustancias volátiles, susceptibles de ser inhaladas para provocar efecto psicoactivo o estado de alteración mental.

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